El titular del Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de México, Alejandro Latorre Lozano, declinó la competencia territorial para resolver el juicio de amparo indirecto promovido por la defensa de ocho integrantes del Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG) procesados por las actividades delictivas descubiertas en el Rancho Izaguirre, en el municipio de Teuchitlán, Jalisco.
Con esta decisión, el expediente fue remitido al Juzgado de Distrito en Materia Penal en turno en el complejo penitenciario de Puente Grande, Jalisco. El juzgador argumentó la necesidad de concentrar todas las actuaciones procesales ante la autoridad judicial de la jurisdicción donde ocurrieron los hechos, se desahogan las causas penales principales y permanecen internados los imputados, con el fin de evitar resoluciones contradictorias.
El recurso legal fue promovido en junio de 2025 en Toluca por Juan Manuel Alcaraz Villa (o Juan Manuel Almaraz Villa), Armando Guzmán Cano, Óscar Iván Ciénega Jiménez, Erick Díaz Ayala y Gustavo Ángel Montiel —quienes ya cuentan con condena del fuero común dictada en Guadalajara—, junto con los exagentes de la policía municipal de Tala, José Antonio Solís Nava y Gabriel Nieto Jiménez.
Los quejosos recurrieron la prisión preventiva impuesta el 28 de mayo de 2025 y el auto de vinculación a proceso dictado el 3 de junio de ese año por un juez de control federal adscrito al Centro de Justicia Penal Federal en Almoloya de Juárez, dentro de la causa penal 136/2025.
La investigación iniciada en marzo de 2025 por la Fiscalía Especial en Investigación de Terrorismo, Acopio y Tráfico de Armas de la FEMDO fue derivada posteriormente a la Unidad Especializada en Desaparición Forzada y radicada en Jalisco.
Durante la audiencia de declinatoria, el juez de control de Almoloya determinó que los criterios de seguridad aplicados inicialmente quedaron superados al constatar que los procesados se encuentran recluidos en el Reclusorio Metropolitano de Jalisco y no en el Cefereso 1 Altiplano, además de existir expedientes conexos en Puente Grande, entre ellos la causa 412/2025.
En un expediente relacionado, el titular del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en Jalisco, Jesús Terríquez Basulto, concedió un amparo al expolicía municipal de Tala, Emmanuel Avelar Manjarrez, otro integrante del CJNG acusado de desaparición forzada.
La resolución dejó sin efecto el fallo de la Segunda Sala Penal del Supremo Tribunal de Justicia de Jalisco que confirmaba su vinculación a proceso por la entrega de un motociclista a un grupo armado en el Rancho Izaguirre el 16 de septiembre de 2024. El juez federal determinó que la sala omitió valorar las contradicciones entre la vestimenta reportada por la víctima (uniformes verdes) y la indumentaria oficial de la corporación (prendas azules), así como irregularidades en el reconocimiento fotográfico.
Por otra parte, el Primer Tribunal Colegiado de Apelación del Tercer Circuito declaró procedente la negativa impuesta a la Fiscalía General de la República (FGR) para incorporar nuevos peritos a las inspecciones en el Rancho Izaguirre, finca ubicada en la comunidad de La Estanzuela. El tribunal confirmó la decisión de una jueza de control al señalar que la norma procesal no admite el recurso de apelación contra la negativa de sumar especialistas a una orden de cateo previamente otorgada en marzo de 2025.
El predio, identificado como el centro de adiestramiento delictivo "La Escuelita", fue asegurado el 18 de septiembre de 2024 tras un enfrentamiento entre la Guardia Nacional y civiles armados, operativo que resultó en diez detenciones, el rescate de dos personas secuestradas y el hallazgo de un cadáver. Los implicados recibieron penas de 131 años tres meses de prisión por desaparición agravada y homicidio. Dentro de esta misma causa penal se encuentra procesado el exalcalde de Teuchitlán, José Ascensión Murguía Santiago, por los delitos de delincuencia organizada y desaparición forzada, a quien se le negó la protección de la justicia federal contra la prisión preventiva oficiosa.
